Loading... Please wait...

United States Immigration

Information Guides and FAQs

Guías Inmigración

Join Newsletter



Aclaración: Este artículo es publicado por ImmigrationUnitedStates.org un sitio privado e independiente no afiliado con ninguna agencia gubernamental. El contenido de este articulo no se puede considerar consejo legal o información oficial. El punto de vista y opiniones expresadas en este artículo solamente representan a sus autores individualmente, y no reflejan la opinión de agencias del gobierno de EE.UU. Favor contactarnos si necesita ayuda o tiene preguntas sobre nuestros productos.


Preguntas Frecuentes sobre Ciudadanía

A continuación algunas de las preguntas más comunes con respecto a la ciudadanía de los Estados Unidos. Para información en detalle y formularios de solicitud, es recomendable que usted ordene el Manual de Información y Solicitud de la Ciudadanía de EE.UU.

¿Cómo me puedo convertir en ciudadano de los Estados Unidos?
Una persona puede convertirse en ciudadano de EE.UU. (1) por nacimiento, o (2) a través de la naturalización.

 

¿Quién nace como ciudadano de los Estados Unidos?

Generalmente las personas nacen como ciudadanos de los EE.UU. si han nacido en los Estados Unidos o si son hijos de ciudadanos de EE.UU.:

(1) Por haber nacido en los Estados Unidos - Si usted nació en los Estados Unidos (incluyendo, en muchos casos, Puerto Rico, Guam, y las Islas Vírgenes), usted es ciudadano Americano desde el nacimiento (a menos que usted sea hijo de un diplomático extranjero). Su certificado de nacimiento es su prueba de ciudadanía.

(2) A través de nacimiento fuera del país de DOS ciudadanos de los Estados Unidos - En la mayoría de casos, usted es ciudadano de los EE.UU. si todo lo siguiente es verdadero:

  • Ambos padres eran ciudadanos de EE.UU. cuando usted nació.
  • Al menos uno de sus padres vivió en los Estados Unidos en algún punto de su vida.
  • Su acta de nacimiento fuera de EE.UU., si el acta fue registrada con un consulado o embajada de EE.UU., es prueba de su ciudadanía. Usted también puede solicitar un pasaporte para tener su ciudadanía reconocida. Si usted necesita pruebas adicionales de su ciudadanía, usted puede presentar el formulario N-600 “Solicitud de Certificado de Ciudadanía” (Application for Certificate of Citizenship) para obtener el Certificado de Ciudadanía. Todos los formularios de solicitud están incluidos en el Manual de Información y Solicitud de la Ciudadanía de EE.UU.

(3) A través de nacimiento fuera del país de UN ciudadano de los Estados Unidos - En la mayoría de los casos, usted es ciudadano Americano si TODO los siguiente es verdadero:

  • Unos de sus padres era ciudadano de EE.UU. cuando usted nació.
  • Su padre ciudadano vivió por lo menos 5 años en los Estados Unidos antes de que usted naciera; y al menos dos de éstos 5 en los Estados Unidos fueron después del cumpleaños número 14 de su padre ciudadano*.
  • Su acta de nacimiento fuera de EE.UU., si fue registrada con un consulado o embajada de EE.UU., es prueba de su ciudadanía. Usted también puede solicitar un pasaporte para tener su ciudadanía reconocida. Si usted necesita pruebas adicionales de su ciudadanía, usted puede presentar el formulario N-600,”Solicitud para Certificado de Ciudadanía” (Application for Certificate of Citizenship) con el USCIS para obtener un Certificado de Ciudadanía.

*Si usted nació antes del 14 de Noviembre de 1986, usted es ciudadano, si su padre ciudadano de los EE.UU. vivió en Los Estados Unidos por al menos 10 años, y 5 de estos años en los Estados Unidos fueron después del cumpleaños número 14 de su padre ciudadano.

 

¿Cómo me convierto en ciudadano naturalizado de los EE.UU.?
Si usted no es Ciudadano de EE.UU. por nacimiento, o no adquirió su ciudadanía automáticamente después del nacimiento, usted todavía puede ser elegible para convertirse en ciudadano a través del trámite normal de naturalización. Personas de 18 años o más usan el Formulario N-400 “Solicitud de Naturalización” (Application for Naturalization) para naturalizarse. Personas que adquirieron la ciudadanía de su padre(s) mientras eran menores de 18 años., usan el Formulario N-600 "Solicitud del certificado de Ciudadanía” (Application for a Certificate of Citizenship) para documentar su naturalización. Niños adoptados que adquirieron la ciudadanía de su padre(s) usan el Formulario N-643 “Solicitud del Certificado de Ciudadanía en nombre de un Niño Adoptado” (Application for a Certificate of Citizenship on Behalf of an Adopted Child), para documentar su naturalización. Para más información sobre el proceso de solicitud, como prepararse para el examen de naturalización, es recomendable que usted ordene el Manual de Información y Solicitud de la Ciudadanía de EE.UU.

 

¿Cuáles son los requisitos para la naturalización?
Todos los requisitos y formularios de solicitud pueden ser encontrados en el Manual de Información y Solicitud de la Ciudadanía de EE.UU.

 

¿Cuándo comienza mi tiempo como Residente Permanente?
Su tiempo como Residente Permanente inicia en la fecha en que se le otorga su estatus de residente permanente. Esta fecha está en su Tarjeta de Residencia Permanente, antes conocida como Tarjeta de Registro de Extranjeros (Alien Registration Card).

 

¿Cuál formulario de solicitud debo utilizar para la naturalización?
Todos los requisitos y formularios de solicitud pueden ser encontrados en el Manual de Información y Solicitud de la Ciudadanía de EE.UU.

 

¿Dónde presento mi solicitud de naturalización?
Usted debe enviar el Formulario N-400 “Solicitud para Naturalización (Application for Naturalization) al Centro de Servicio del USCIS apropiado. Para más información acerca del Centro de Servicio que cubre su área. Recuerde hacer una copia de su solicitud. Para más información sobre el proceso de solicitud, como prepararse para el examen de naturalización, es recomendable que usted ordene el Manual de Información y Solicitud de la Ciudadanía de EE.UU.

 

¿El USCIS me brindará facilidades especiales si soy discapacitado?
Sí. Algunas personas discapacitadas necesitan consideraciones especiales durante el proceso de naturalización. El USCIS hará un esfuerzo para tener las facilidades necesarias en estos casos. Por ejemplo, si usted usa una silla de ruedas, el USCIS se asegurará de que el lugar donde usted se tome las huellas digitales tenga acceso para silla de ruedas. Si usted tiene problemas de audición y desea traer un intérprete de señas a su entrevista, usted lo puede hacer. Pedir una facilidad especial no afectará su elegibilidad para la naturalización. El USCIS toma las decisiones acerca de proveer facilidades caso por caso.

 

¿Cuánto es el costo de la solicitud, y como lo pago?
El costo actual de la solicitud aparece en el Manual de Información y Solicitud de la Ciudadanía de EE.UU. Usted debe pagar su costo de procesamiento con un cheque o giro postal (money order) pagadero al "USCIS." Residentes de Guam deben hacer el pago a nombre de "Treasurer, Guam." Residentes de las Islas Vírgenes deben hacerlo pagadero a "Commissioner of Finance of the Virgin Islands.” Recuerde que el costo de la solicitud no es reembolsable aún cuando usted cancele su solicitud o el USCIS rechace su caso.

 

¿Cuánto tiempo durará el proceso para naturalizarme?
El proceso dura un promedio de 6 a 9 meses.

 

¿Dónde puedo tomarme las huellas digitales?
Después de que el USCIS ha recibido su solicitud, el USCIS le informara el lugar donde usted debe tomarse las huellas digitales.

 

¿Cómo determino el estatus de mi solicitud de Naturalización?

1.  Si usted a sido citado para una entrevista de naturalización:

Llamando: Si su solicitud ha estado pendiente por más del tiempo de procesamiento estimado en su recibo, y usted no ha recibido recientemente ningún tipo de aviso o actualización del USCIS, usted puede llamar al Centro Nacional de Servicio al Cliente (National Customer Service Center) para información. Cuando usted llame, favor tenga su número A (A-number), cualquier número de recibo emitido a usted después de que el USCIS recibió su solicitud, y el ultima aviso que usted recibió del caso. Los representantes de servicio del Centro Nacional de Servicio al Cliente usan la información brindada por cada oficina local para contestar preguntas acerca del estatus del caso y tiempo de procesamiento..

Escribiendo o visitando a la oficina del USCIS: Mientras que llamar puede ser más práctico, en lugar usted puede escoger solicitar información actualizada del caso por escrito ó ir a su oficina local del USCIS.

        Si lo hace por escrito, favor incluya lo siguiente en su carta:

  • Su nombre y dirección actual, y si ha cambiado, su nombre como aparece en su solicitud.
  • Cualquier número A (A-number), el cual es un número de 8 ó 9 dígitos seguido de la letra “A”, asignado a usted ó a su solicitud
  • Su fecha de nacimiento.
  • La fecha y lugar donde su solicitud fue presentada.
  • Cualquier número de recibo o aviso de recibo emitido por el USCIS sobre su solicitud.
  • Una copia de la nota más reciente que le fue enviada por el USCIS sobre su caso, si usted recibió una.
  • La fecha y oficina donde le tomaron sus huellas digitales y fue entrevistado, si ya fue hecho.

Firme su solicitud, o, si usted esta preparando la solicitud para el solicitante, haga que él firme la solicitud. Favor escribir en el sobre de la carta: “ATTN: Status Inquiry".

2. Si usted NO ha sido citado para una entrevista de Naturalización:

Llamando: Usted puede obtener el estatus de su caso llamando al USCIS, y siguiendo las instrucciones automáticas. Favor tener su número de recibo listo.

Escribiendo o visitando a la oficina del USCIS: Mientras que llamar puede ser más práctico, en lugar usted puede escoger solicitar información actualizada del caso escribiendo al Centro de Servicio o Beneficios donde su caso esta pendiente. Favor notar que el Centro de Servicio de Texas prefiere que los clientes envíen sus consultas por fax..

          Si lo hace por escrito, favor incluya lo siguiente en su carta:

  • Su nombre y dirección actual, y si ha cambiado, su nombre como aparece en su solicitud.
  • Cualquier número A (A-number), el cual es un número de 8 ó 9 dígitos seguido de la letra “A”, asignado a usted ó a su solicitud
  • Su fecha de nacimiento.
  • La fecha y lugar donde su solicitud fue presentada.
  • Cualquier número de recibo o aviso de recibo emitido por el USCIS sobre su solicitud.
  • Una copia de la nota más reciente que le fue enviada por el USCIS sobre su caso, si usted recibió una.
  • La fecha y oficina donde le tomaron sus huellas digitales y fue entrevistado, si ya fue hecho.
  • Si usted presentó su solicitud electrónicamente, incluya una copia de su aviso de confirmación de recibido (Confirmation Receipt notice).

Firme su solicitud, o, si usted esta preparando la solicitud para el solicitante, haga que él firme la solicitud. Favor escribir en el sobre de la carta: “ATTN: Status Inquiry".

 

¿Qué pasa si no puedo ir a la cita para mi entrevista?
Es muy importante que no pierda su entrevista. Si usted no va a poder asistir a su entrevista, usted debe notificar a la oficina donde tiene la cita para la entrevista por escrito vía correo tan pronto sea posible. En su carta, usted debe pedir el cambio de fecha de su entrevista. Cambiar la fecha de la entrevista puede agregar varios meses al proceso de duración de la naturalización, asi que trate de no cambiar su fecha original para la entrevista. Si tiene una emergencia y absolutamente no puede asistir a su cita, usted debe contactar el Centro Nacional de Servicio al Cliente para solicitar una nueva cita. El USCIS grabará la información y la transmitirá a su oficina local, ellos tomarán la decisión final de cuando darle una nueva cita. Si usted no llega a la entrevista sin avisarle al USCIS, el USCIS cerrará su caso administrativamente. A menos que usted contacte al USCIS para que le den una nueva entrevista durante el plazo de un año seguido a la fecha en que el USCIS cierre su caso, ellos rechazarán su solicitud. El USCIS NO le notificará si han cerrado su caso por que usted no asistió a la entrevista.

 

¿Si el USCIS me otorga la naturalización, cuando me convierto en ciudadano?
Usted se convierte en ciudadano tan pronto como usted haga el Juramente de Lealtad a los Estados Unidos. En algunos lugares, usted puede escoger hacer el Juramente el mismo día de su entrevista. Si esa opción no esta disponible, o si usted prefiere una ceremonia en otra fecha, el USCIS le notificara la fecha de su ceremonia con el Aviso del Juramento de Lealtad de Naturalización (“Notice of Naturalization Oath Ceremony”) con el formulario N-445.

 

¿Qué debo hacer si no puedo asistir a mi ceremonia de juramentación?
Si usted no puede ir a la ceremonia de Juramentación, usted debe retornar el Aviso de Juramento de Lealtad de Naturalización formulario N-445, que el USCIS le envió. Usted debe enviar de vuelta el N-445 a su oficina local. Incluya una carta diciendo porque usted no puede asistir a la ceremonia. Haga copia del aviso y su carta antes de enviarla al USCIS. Su oficina local le dará una nueva cita y le enviaran un nuevo Aviso de Juramento de Lealtad de Naturalización (Formulario N-445) indicándole cuando tomara lugar su ceremonia.

 

¿Puedo solicitar de nuevo la naturalización si el USCIS rechaza mi solicitud?
En muchos casos, usted puede hacer una solicitud de nuevo.  Si usted la solicita de Nuevo, necesitara completar y reenviar un nuevo formulario N-400 y pagar el costo de procesamiento de nuevo. Usted también tendrá que tomarse las huellas digitales y fotografías de nuevo. Si su solicitud es rechazada, la carta de rechazo debería indicar la nueva fecha. Si usted es rechazado por que fallo el examen de ingles o examen cívico, usted puede solicitar de nuevo la naturalización tan pronto como lo desee.  Usted debe hacer una solicitud de nuevo cuando usted crea que ha aprendido suficiente ingles o cívica para pasar el examen.

 

¿Cómo me registro con el servicio selectivo?

El registro con el Servicio Selectivo permite al gobierno de los Estados mantener una lista de nombres de hombres que pueden ser llamados al servicio militar en caso de una emergencia nacional requiriendo expando rápida de las Fuerzas Armadas de los EE.UU.  Al registrar todos los hombres jóvenes el Servicio Selectivo puede asegurarse que un futuro llamado a las filas será justo y equitativo.

Las Leyes Federales requieren que los hombres que tiene al menos 18 años, pero aun no son mayores de 26 años, deben registrarse con el Servicio Selectivo.  Esto incluye a todos los hombres no-ciudadanos dentro de estas edades que residen permanentemente en los Estados Unidos.  Todos los hombres con Tarjetas de residencia (Green Card), residentes legales permanentes, deben registrarse.  Hombres que viven en los Estados Unidos sin documentos inmigratorios (extranjeros indocumentados) también tienen que registrarse.  Pero hombres no pueden registrarse después de llegar a los 26.

 

¿Por Qué debo registrarme con el servicio selectivo?
Si usted no se registra con el Servicio Selectivo ésto puede hacerlo, en algunos casos, no elegible para ciertos beneficios inmigratorios, como la ciudadanía.

 

Soy ciudadano de los Estados Unidos. ¿Cómo obtengo copia de mi certificado de Ciudadanía?
Para información de cómo obtener una copia del Certificado de Ciudadanía entre aquí.




Artículos Relacionados:

Bookmark and Share





TrustWave PCI Certification Certificaciones

Copyright 2009 - 2021 © ImmigrationUnitedStates.org | Noticias de Inmigración | Sitemap | Español | Русский | English | Necesita Ayuda? Contáctenos